Medioambiente
Inspecciones OCA – Modificación ITC-BT 52: Novedades en la legislación sobre puntos de Recarga.
Se ha publicado en el BOE la Instrucción Técnica Complementaria de Baja Tensión (ITC-BT 52) mediante el Real Decreto 1053/2014 que permite “establecer las especificaciones técnicas que posibiliten la recarga segura de los vehículos eléctricos en cualquiera de las situaciones que cabe esperar”. Así lo especifica el dicho Real Decreto. La ITC-BT 52 regula los diferentes esquemas de instalación para la recarga de vehículos eléctricos, establece los requisitos generales para la instalación, garantiza la protección y seguridad de dichas instalaciones, y también establece condiciones particulares de instalación de puntos de recarga.
La Instrucción Técnica es aplicable únicamente a sistemas de recarga de vehículos eléctricos por conducción de corriente, no por inducción. Y no es aplicable para instalaciones de recarga de baterías que produzcan gases durante su proceso de carga. También establece 4 posibles esquemas de instalación que son los siguientes:
- Troncal, con un contador principal en el origen de la instalación y contadores secundarios en cada una de las estaciones de carga. Tensión nominal de 230/400 V en corriente alterna.
- Individual con contador principal común con la vivienda. Tensión nominal de 230/400 V en corriente alterna.
- Individual con un contador principal para cada estación de carga. Tensión nominal de 230/400 V en corriente alterna.
- Con circuito adicional para la recarga del vehículo eléctrico.Tensión nominal de 230/400 V en corriente alterna. La tensión podrá llegar a los 690 V en trifásico, siempre que el personal operador esté familiarizado con los riesgos de la energía eléctrica.
La Instrucción Técnica BT-52 establece el tipo de esquema según las diferentes instalaciones de puntos de recarga:
Instalación en aparcamientos de viviendas unifamiliares-> Esquema 4
Instalación en aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios de viviendas-> Esquema 1,2 o 3.
Estaciones de recarga para autoservicio-> Esquema 1 o 4.
Estaciones de recarga con asistencia para su utilización-> Esquema 1, 3 o 4, según la potencia de los vehículos.
ISEVAL Grupo
Departamento Organismo de Control Autorizado
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