Servicios de consultoría de empresas en ISEVAL by Liftinstituut
En ISEVAL by Liftinstituut ofrecemos distintos servicios de consultoría a empresas, entre los cuales destacamos los siguientes:
- Contratos de formación
- Consultoria de protección de datos RGPD
- Prevención de riesgos laborales
Contratos de formación
Qué es un contrato de formación
El contrato para la formación y el aprendizaje es una modalidad de contrato, cuyo fin es que el trabajador adquiera la formación profesional específica, teórica y práctica, de un oficio en su puesto de trabajo.
Creado tras el RD 488/1998, de 27 de Marzo, el contrato de formación y aprendizaje, se ha renovado recientemente (RDL 3/2012) para promover e incentivar la contratación de jóvenes menores de 30 años. Valorado por ser un instrumento efectivo para la inserción laboral de los jóvenes, es una de Las apuestas del Gobierno tras la reforma laboral.

El contrato de formación es el contrato bonificado que más ventajas puede aportar a la empresa actualmente, destacando el gran ahorro en costes laborales, ya que con este contrato tiene derecho a una reducción del 100%, y no paga Seguros Sociales.
Estas son las principales características del contrato de formación:
- Contrato vinculado a una formación teórico
- Contrato muy económico para la empresa:
- Tiene derecho a una reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores.) y una bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales.
- Edad: mayor de 16 años, y menor de 30. Este límite no se aplica si se contrata a una persona con una discapacidad reconocida.
- Duración: 1 año, prorrogable hasta un máximo de 3 años. Salvo que por Convenio Colectivo se establezca otra, nunca inferior a 6 meses, o superior a 3 años.
- Período de prueba: 2 meses, excepto si en Convenio se especifica otro período.
- Ocupación: relacionada directamente con su puesto de trabajo.
- Jornada: completa. Del total de la jornada, el 75% será de trabajo efectivo, y el 25% se dedica a formación teórica durante el primer año. Para el 2º y 3er año, será un 85% de trabajo, y 15% de formación.
- Salario: en proporción al tiempo de trabajo efectivo, según el Convenio Colectivo. En ningún caso, podrá ser inferior a la proporción de trabajo efectivo sobre el Salario Minimo Interprofesional. (SMI para el año 2014: 645,30 €).
- Tutor: el trabajador tendrá asignado un tutor durante la vigencia del contrato

Ley de protección de datos, (RGPD)
La LOPD establece las obligaciones que los responsables de los ficheros o tratamientos y los encargados de los tratamientos, tanto de organismos públicos como privados, han de cumplir para garantizar el derecho a la protección de los datos de carácter personal.
La protección de datos es un derecho fundamental de las personas físicas, que busca proteger su intimidad y su privacidad frente a las vulneraciones de tales derechos que puedan proceder a la recogida y almacenamiento de sus datos personales por empresas o entidades.
¿QUIENES ESTAN OBLIGADOS?
La Ley Orgánica de Protección de Datos es de obligado cumplimiento para:
- Todas aquella empresas públicas o privadas
- Autónomos
- Comunidad de Propietarios.
- Particulares con datos personales externos (p.ej. imágenes)
Están obligadas a registrar sus ficheros en la AEPD: (Agencia de Protección de Datos), además de implementar diversas medidas de seguridad como por ejemplo un Documento de Seguridad. Es muy fácil y cualquiera puede comprobar en la AEPD si no está registrado, denunciarle al instante y en cuestión de días tiene su empresa una inspección de la AEPD. Cualquier cliente, proveedor, empleado o la misma competencia podría hacerlo.
Posibilidad de utilizar este servicio de manera gratuita. (Consulte condiciones)

Prevención de riesgos laborales, (P.R.L)
El 28 de septiembre se publicó la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en cuyo artículo 39, se modifica el artículo 30.5 de la P.R.L., reflejando la posibilidad de que el empresario asuma directamente la prevención de riesgos laborales de su empresa siempre y cuando tenga un máximo de 25 trabajadores y un único centro de trabajo.
ISEVAL by Liftinstituut a través de su plataforma on-line pone a su disposición un nuevo servicio con el cual su empresa o autónomos con trabajadores podrán cumplir lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, siempre que tenga menos de 25 trabajadores.
Este servicio implica un importante ahorro anual para la empresa, ya que existe la posibilidad de utilizar este servicio de manera gratuita (consulte condiciones).
